Especial de Nicolás Litvinoff para el diario La Nación.
Venimos estudiando el tema en columnas anteriores: en la economía capitalista, se trata de quién le debe a quién. O estás del lado de los acreedores o estás del lado de los deudores.
El asumir esta realidad financiera actual trae consigo la decisión con respecto a nuestra posición: o acumulamos deudas con la tarjeta de crédito, hipoteca, banco y adelantos constantes en el trabajo; o somos nosotros los que hacemos plazos fijos, compramos bonos y acciones y prestamos dinero.
Y es justamente sobre este último ítem, el de prestar dinero, que vamos a profundizar en el día de hoy.
¿Existen los préstamos entre personas? ¿Cuál es son las leyes más importantes y qué cosas debemos tener en cuenta si estamos interesados en invertir nuestro dinero de esta forma? ¿Cuáles son las opciones existentes?
Ensayaremos algunas respuestas a continuación.
Préstamos y “la falsa moral”
La primera resistencia que podemos encontrar a la posibilidad de invertir parte de nuestros ahorros en préstamos a particulares pasa por un tema “de falsa moral”. Y es que para muchos, cuando se trata de prestar fondos a conocidos o amigos, el dinero debe ser prestado cobrando un interés muy bajo o directamente sin interés, porque de lo contrario sienten que están usufructuando el capital del otro, sintiéndose usureros o prestamistas, con la connotación negativa que esto suele traer aparejado.
Esta visión representa claramente la baja cultura financiera de la persona que la esgrime, ya que su concepción implica el desconocimiento de una regla fundamental: la tasa de interés es el costo del dinero. Prestar dinero sin cobrar ningún interés o directamente cobrando un interés inferior a la tasa de inflación proyectada, equivale simplemente a regalar nuestro capital.
En este razonamiento entra en juego también la importancia del costo de oportunidad, que es la rentabilidad que podríamos tener con ese mismo dinero en caso de invertirlo en alguna otra alternativa viable.
Estos dos fundamentos son más que suficientes para tener en claro que cualquier préstamo que hagamos, sin importar quién sea el deudor, debe tener implícito una tasa de interés que compense el mismo.
¿Es legal el préstamo entre particulares?
El préstamo entre particulares es una modalidad legalmente aceptada, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos:
1) El dinero a prestar tiene que ser propio, es decir, no se puede prestar dinero de terceros. Esto es una diferencia importante con respecto a los bancos, cooperativas, o financieras, que sí pueden hacerlo.
2) Prestar dinero tiene que ser una operación de inversión más para un particular. Si una persona tiene muchos préstamos otorgados, se entiende que ésta puede ser su profesión, para lo cual debe cumplir otros requisitos legales.
3) El dinero a prestar tiene que estar declarado y, mejor aún, si el mismo está bancarizado. En este último caso, se pueden presentar los comprobantes de retiro de la cuenta corriente o caja de ahorro y los posteriores ingresos de los pagos ante cualquier eventualidad que pueda surgir como respaldo de la operación. En su DDJJ de Ganancias, el prestamista debe justificar el origen de los fondos.
4) El préstamo debe ser siempre uno oneroso, es decir, no puede ser gratuito. Si no tuviese costo alguno, la Afip podría suponer que está frente a una operación que busca evadir el pago de impuestos, como por ejemplo el pago de bienes personales.
5) Tanto el monto total del préstamo como los plazos y los intereses a cobrar, deben estar debidamente documentados.
Pueden existir más reglas que las aquí explicitadas, pero éstas son las más importantes a tener en cuenta a la hora de realizar una operación de este tipo.
Recomendaciones importantes
Supongamos que Juan tiene 30 mil pesos ahorrados que quiere prestar, y Carlos, un amigo de un amigo, se entera de esta situación y se contacta con él para solicitarle el préstamo.
¿Qué debería hacer Juan para tomar las máximas precauciones posibles en cuanto a su capital?
En primer lugar, podría pedirle los datos a Carlos para averiguar su historial crediticio en el Veraz. Esto le daría una idea de si su potencial deudor ha incurrido o no en moras anteriores.
Luego, debería redactar un mutuo, que es simplemente un documento en donde quede explicitado todos los datos del préstamo: nombre, apellido, DNI y dirección tanto del prestamista como del deudor, monto total prestado y tasa de interés a cobrar, fechas en los cuales se cerrarán los pagos parciales y la devolución total del capital. Esto debe estar firmado por ambos (firma, aclaración y número de documento).
Además, Juan podría solicitarle a Carlos que le firme pagarés tanto por los intereses como por el capital prestado. Estos pagarés deberían ser destruidos a medida que se va cancelando el préstamo.
Con respecto a la garantía del capital total prestado, Carlos debe tener en cuenta que no hay ninguna garantía hoy por hoy con la cual quede cubierto al 100%. Lo que se suele hacer es respaldar el capital total con cheques, que luego no serán depositados si no que se romperán una vez que el préstamo se haya devuelto. Pedir dos o tres cheques de distintas cuentas puede ser una manera de bajar los riesgos.
Con respecto a la tasa, la misma deberá ser una parte de negociación importante entre ambos particulares. Como referencia, los préstamos para consumo que otorgan los bancos de primera línea hoy en día, tienen un costo financiero total que no baja del 70% anual.
Conclusión
El préstamo entre particulares existe desde siempre. Para un inversor minorista, representa una alternativa interesante para colocar una parte de su excedente, sabiendo que por tratarse de una operación que se realiza sin la regulación y el marco jurídico que otorgan otro tipo de inversiones reguladas, el riesgo es claramente más alto, como así también la rentabilidad esperada.
Colocar esta operatoria dentro del radar de inversiones posibles aparece como una posibilidad atractiva frente a un escenario de dólar quieto y tasas de interés en pesos al alza.
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